Asociación de padres OROBAL

Podrán ser miembros de la asociación las personas físicas, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de la asociación, que sean padres o tutores legales de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. Los asociados pueden ser:
  1. Fundadores: los que suscribieron el Acta de Constitución.
  2. Numerarios: los que han ingresado con posterioridad a la firma del Acta de Constitución y son admitidos como tales de acuerdo con los Estatutos.
  3. Honorarios: los que a juicio de la Asamblea General colaborasen de forma notable en el desarrollo de los fines de la Asociación y/o quienes destaquen por ayudar con medios económicos y materiales a la Asociación.
Para hacerte socio numerario descarga tu inscripción aquí: Solicitud inscripción de asociados.